La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) discutirá una propuesta de sentencia que permitirá acusar penalmente a quien porte más de cinco gramos de cannabis y carezca permiso legal para uso adulto.
El miércoles 13 de octubre la Primera Sala de la SCJN discutirá el proyecto elaborado por el ministro Juan Luis González Alcántara que aprueba acusar penalmente a detenidos con posesión de más de cinco gramos de marihuana, que no cuenten permiso expedido por el Gobierno.
Dicho proyecto surge del amparo de un acusado por narcomenudeo en la modalidad de posesión simple, quien alega que el criterio del máximo tribunal debería beneficiarle, pese a que excedió el tope de cinco gramos permitidos desde 2009 que no da lugar a acciones penales.
Edgar Díaz (persona que promovió el amparo), solicita que la Corte declare inconstitucionales los artículos 473, 477 y 479 de la Ley General de Salud, los cuales establecen las cantidades de sustancias permitidos sin acción penal.
Pero, ¿Qué no la Corte había liberado el uso de la cannabis?, no precisamente. El propio Poder Judicial aclara: «Es cierto que esta Primera Sala señaló que el derecho al libre desarrollo de la personalidad permite que las personas mayores de edad decidan, sin interferencia alguna, qué tipo de actividades recreativas o lúdicas desean realizar», el mismo criterio declara que la Cofepris debe expedir permisos para ello y Díaz en 2018, cuando fue detenido, no tenía dicho permiso.
«Determinar la inconstitucionalidad de las disposiciones que impedían solicitar un permiso administrativo para el consumo personal de una sustancia, no conlleva a determinar la inconstitucionalidad de los tipos penales que sancionan la posesión, comercio o distribución de dicha sustancia sin el permiso correspondiente», aclara el proyecto del ministro Alcántara.
Si los ministros aprueban este proyecto, sentarían el primer antecedente para limitar el alcance de la Declaratoria General de Inconstitucionalidad aprobada en junio. Cuando eliminaron los obstáculos legales para que personas mayores de edad puedan tramitar un permiso para posesión, cultivo y consumo en Cofepris (oficina de regulación sanitaria de la Secretaría de Salud).
Con información de Reforma

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