Mientras no exista una regulación que cambie la situación de lxs consumidorxs de cannabis, las detenciones arbitrarias y extorsiones seguirán siendo una situación que tarde o temprano vamos a vivir todxs. Por lo anterior, esta entrada busca que lxs usuarixs de cannabis conozcan sus derechos.

Desde la llegada de la marihuana a América en el Siglo XVI, los usuarixs de cannabis hemos sido tratadxs con prejuicios. Primero, con mucho peso religioso (consumir significaba la excomunión); después con la Independencia, se le relacionó con violencia, falta de educación y pobreza.
En la primera mitad del Siglo XX los ganadores de la Revolución buscaban crear una sociedad higiénica, sin los vicios del pasado. Por esta razón, desde la Constitución de 1917 y con el pretexto de degenerar a la raza, comenzó la prohibición que actualmente tenemos.
¿Qué dicen las leyes?
El Artículo 479 de la Ley General de Salud (LGS) permite poseer hasta 5 gramos de cannabis. Es decir, de 0 a 5 gramos no debería haber repercusiones, pero mayores cantidades sí tienen sanciones de tipo penal. Sin embargo, cada entidad federativa tiene sus propias sanciones en lo que a consumo en vía pública se refiere.
Por ejemplo, en la Ciudad de México de acuerdo con el artículo 28, fracción V de la Ley de Cultura Cívica, «consumir, ingerir, inhalar o aspirar estupefacientes, psicotrópicos, enervantes o sustancias tóxicas en lugares públicos» son infracciones y el solo consumo tiene una multa como sanción de 21 a 30 unidades, 1800 a 2580 pesos, de medida (UMA). Otras sanciones pueden ser arresto de 25 a 36 horas o trabajo comunitario de 12 a 18 horas.
Pasando el umbral de 5 gramos eres llevadx al Ministerio Público y ahí van a investigar cómo fue el arresto, cuantos gramos traes, si tu material viene en un solo paquete y no en varios, sí llevas báscula, etc. Las autoridades definirán si traías marihuana para vender o consumo propio.
En este caso y dependiendo cómo fue calificado tu caso, la LFS tiene las siguientes penas en la sección de Delitos Contra la Salud en la Modalidad de Narcomenudeo:
- Posesión Simple sin fines de comercio o suministro: Sí no pasa de 5 Kg y por el contexto no pueda considerarse para venta, hay una pena de entre 10 meses a 3 años de prisión.
- Posesión Simple con fines de comercio: Sí no pasa de 5Kg y por las circunstancias sí pueda considerarse para venta, hay una pena de 3 a 6 años de prisión.
- Comercio o Suministro: Venta o suministro con posesión menor a 5 Kg, hay una pena de 4 a 8 años.
- Comercio o suministro a menores de edad o incapaces: Cuando alguien le venda o regale cannabis a un menor o a una persona que no tenga la capacidad de comprender, hay una pena de 7 a 15 años de prisión.
Es hasta los 5 kilogramos de cannabis que ya se considera narcotráfico y/o delincuencia organizada. De acuerdo con el Artículo 194 del Código Penal Federal en la sección de Delitos Contra la Salud se imponen penas de 10 a 25 años a:
- I- Quien produzca, transporte, trafique, comercie, suministre (aún gratuitamente) o prescriba alguno de los narcóticos de la lista
- II- Introduzca o extraiga del país alguno de los narcóticos prohibidos
- III- Aporte recursos económicos o de cualquier especie o financie que posibilite el delito
- IV- Realice actos de publicidad o propaganda para que se consuma cualquier sustancia ilegal
Después, el artículo 195 dice que se impondrán de cinco a quince años de prisión y de 100 a 350 días de multa (8,600 – 30,100 pesos mexicanos),»al que posea alguno de los narcóticos del artículo 193. , sin la autorización correspondiente a que se refiere la Ley General de Salud, siempre cuando esa posesión sea con la finalidad de realizar alguna de las conductas previstas en el artículo 194″. Además de abrir la posibilidad de investigar la posesión de esas sustancias.
Como verán es un tema complejo, lo mejor para no caer en esto es salir con menos de 5 gramos, no consumir en vía pública y sobre todo no confiarse. Recuerden que la reducción de riesgos al consumir sustancias ilegales también tiene que ver con saber tus derechos y las leyes para no caer.

¡Buenos humos seguros en casa!
Pensar que los puercos te agarran por traer una pipa con menos del gramo de la mota más caca y ya quemada, te levantan en la patrulla y te sacan hasta el celular. #FUCKTHEMUNICIPALPOLICE
Aplica lo mismo para el Hash?
es un derivado por lo tanto si.