Estamos a meses de terminar 100 años de prohibición total sobre la marihuana y todos sus usos. Aunque hay mucha espectativa, es necesario que conozcas estos puntos sobre la regulación de la cannabis en México.
Gracias al litigio estratégico organizado por sociedad civil, y de la jurisprudencia dictada por la Suprema Corte (SCJN) en 2018 los ánimos sobre la regulación de la marihuana en México estaban a tope. La cuestión era ver qué tipo de regulación presentaban los otros Poderes.
Tuvimos que esperar casi tres años para ver el final de este camino. Desafortunadamente la regulación votada por el Senado dejó muchas dudas y cuestionamientos desde la sociedad civil. Quedaba esperar que los Diputados la arreglaran. Cosa que no pasó, de hecho todo lo contrario. Aquí tenemos los 4 puntos que debes saber sobre la regulación de la marihuana en México.
1- Bye-bye Instituto, la cannabis mexicana será administrada por Salud y CONADIC.
Primero, los Diputados mexicanos cambiaron quien será el órgano administrador de toda la línea de producción de la marihuana, De ser el Instituto Mexicano para la Regulación y el Control del Cannabis a ser la propia Secretaría de Salud (SSA) y la Comisión Nacional contra las Adicciones (CONADIC). Aquí es dónde comienzan las dudas, recordemos que es la misma CONADIC ha implementado campañas discriminatorias hacia personas usuarias, un ejemplo:

En esta Comisión se llevarán a cabo los registros, tanto de usuarios, cultivadores, vendedores, productores, entre otras actividades. Es poco probable que un usuario perseguido por 100 años de prohibición vaya a registrarse a un órgano que promueva imágenes negativas sobre ellos.
La CONADIC tendrá la facultad de dar permisos y licencias, revocarlos, elegir cómo serán los controles de calidad, trazabilidad de la semilla, vigilar el cumplimiento de la ley, promover la investigación científica, imponer sanciones, recopilar y publicar estadísticas sobre el cannabis en México.
2- Regresan los registros
Los legisladores regularon tres formas de acceso al cannabis para los mayores de edad: auto cultivo, sociedades de cultivo y venta en un mercado legal regulado.
Para las primeras dos modalidades se requerirá permisos. Para el autocultivo se permitirá tener (previo registro con CONADIC) hasta seis plantas y la posibilidad de tener ocho si es que viven más usuarios mayores de edad en el domicilio. Lo bueno es que no tiene reglas tan estrictas como las que votaron los senadores (quienes votaron por pedir equipo y barreras físicas para evitar los daños a terceros); lo malo es que además del permiso con registro previo, tendremos que ir cada año a renovarlo y si hay retraso (muy común en el trámite de los amparos), se entenderá como negativa.
Sobre las asociaciones de cannabis el número mínimo de miembros será de 2 y el máximo de 20 personas, tendrán que constituirse como asociación civil y después registrarse en la CONADIC. Ya establecida y con permiso, el número de plantas de marihuana permitidas por socio serán 4 y con un máximo de 50 en total. Peeero, tendrán que pagar el equipo completo para cultivar (que por seis plantas y un closet de un metro cuadrado ronda los 9 mil pesos). Muy caro para que funcione.

3- Mercado legal regulado, pero la sustancia sigue siendo ilegal.
Si no tienes espacio para cultivar y poner tu asociación no está en el presupuesto, solo te quedará bajo la nueva regulación, ir a las tiendas autorizadas. Ahí te pedirán tu identificación y ser mayor de edad para entrar (como lo que pasa en EUA). Allí podrás comprar los cogollos de alguna variedad aprobada para su venta.
Sin embargo siguen estando prohibidos comestibles, mezcla de cannabinoides con otras sustancias (como alcohol, tabaco, café, entre otras) y extractos, cabe mencionar que estos últimos están clasificados en la misma categoría que la marihuana sintética, cuando solo son grandes concentraciones de los compuestos orgánicos de la planta en pequeñas porciones.
Otro problema es que habrá límites de tetrahidrocannabinol (THC), lo que mantendrá el mercado negro de cannabis alta en esta molécula psicoactiva. Solo podrás comprar 28 gramos de cannabis, empaquetada, sin publicidad, con etiquetado genérico, con empaque resellable y biodegradable (cuestión cara para pequeños productores).
Además la nueva regulación prohibirá la promoción y publicidad.

4- Saquemos las tablas… de multiplicar
Algo que todas las organizaciones a favor de la regulación han denunciado es que, aún cuando tendremos un mercado legal regulado, la sustancia activa de la marihuana (THC) sigue estando calificada como peligrosas para la salud y poco valor médico de la Ley Federal de Salud (artículo 245). Esto da pie a que sigan los estigmas y discriminación sobre consumidores.
Además, las tablas que actualmente dan pie a extorsiones y detenciones arbitrarias se mantienen, pero aumenta la cantidad de gramos que las personas usuarias pueden poseer, de 5 gramos a 28 gramos (una onza).
Esto no significa que puedas salir con tus 28 gramos, según el dictamen aprobado por los legisladores, si posees más de esa cantidad podrás ser detenido por 36 horas y los jueces serán quienes impongan una multa. Hasta los 5.6 Kg habrá una sanción penal, pero siguen habiendo multas desproporcionadas por posesión simple.
Por ejemplo, si portas 29 gramos sin acreditación, serás acreedor de una multa de mil 400 a 2 mil 800 pesos mexicanos (de 69 a 136 USD) . De aquí en adelante la propuesta de ley establece cinco niveles para definir diversas sanciones y multas de acuerdo a multiplicar el máximo permitido (28 gramos), de 200 gramos a 5 Kg, hasta más de 14 Kg de marihuana.
Mientras que la multa por posesión simple de cannabis por 200 será de 10 mil 700; la posesión de 201 gramos va a los 268 mil. Todo depende de las autoridades lo cual deja en la misma situación que actualmente viven las personas usuarias.
Como decía la activista Adriana Muro en el programa «Tiempo de Cannabis» (ADN 40, México, 2021) «Esta nueva regulación mantiene el status quo de las personas usuarias».
Ahora el camino de la regulación nos hace regresar al Senado, quienes decidirán si aprueban o no los cambios hechos por los diputados. Si los aprueban, pasa directo al Ejecutivo, quien publicará esta regulación en el Diario Oficial y así se convertirá en ley. En caso de no aprobar los cambios, solo pasarán al siguiente poder los puntos que estén de acuerdo las dos cámaras.

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